La AGIP otorga beneficios a nuevos contribuyentes y a jóvenes de entre 18 y 29 años que se hayan inscripto o se inscriban en 2024 en la categoría de Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
El beneficio será reconocido de oficio, de manera automática, al momento de la inscripción. Quienes lo hagan deberán tener declarado el domicilio donde se ejerce la actividad en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE).
Nuevos Contribuyentes inscriptos o que se inscriban en 2024
La AGIP estableció un beneficio que alcanza a los nuevos contribuyentes que hayan iniciado o inicien actividades en la categoría de Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante el 2024.
Los mismos obtendrán una bonificación del 100% sobre las cuotas 1 a 6 del 2024. Y del 50% durante el 2025, siempre que permanezcan dentro de esta categoría del impuesto.
La medida alcanza a los nuevos contribuyentes que hayan iniciado o inicien actividades durante el ejercicio fiscal en curso y que no registren inscripciones previas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos o hayan realizado el cese en el tributo con una antelación no inferior a cinco (5) años.
Una vez registrado el beneficio en la cuenta corriente del tributo, se notificará, mediante una comunicación al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE), el reconocimiento de la bonificación respecto de las cuotas alcanzadas a los nuevos contribuyentes y/o responsables del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Jóvenes entre 18 y 29 años inscriptos o que inscriban en 2024
La AGIP beneficia a nuevos contribuyentes, de entre dieciocho (18) y veintinueve (29) años, que se hayan inscripto o se inscriban en 2024 dentro en la categoría Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, durante los primeros veinticuatro (24) meses desde su alta.
Obtendrán una bonificación del 100% en cada cuota, siempre que permanezcan dentro de esta categoría del impuesto.
La medida alcanza a los nuevos contribuyentes que hayan iniciado o inicien actividades durante el ejercicio fiscal en curso y que no registren inscripciones previas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos o hayan realizado el cese en el tributo con una antelación no inferior a cinco (5) años.
Una vez registrado el beneficio en la cuenta corriente del tributo, se notificará, mediante una comunicación al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE), el reconocimiento de la bonificación respecto de las cuotas alcanzadas a los nuevos contribuyentes y/o responsables del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Contribuyentes Inscriptos en 2024
Los contribuyentes que hayan iniciado actividades durante el ejercicio fiscal 2023 en la categoría Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos obtendrán una bonificación del 50% en cada cuota del 2024, siempre que permanezcan dentro de esta categoría del impuesto.
La medida alcanza a contribuyentes que hayan iniciado sus actividades durante el ejercicio fiscal 2023, que no registraran inscripciones previas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos o hubieren realizado el cese en el tributo con anterioridad al 1° de enero de 2019.
normativa: Resolución N° 95/AGIP/2023– Ley 6710/2023. Resolución N° 80/MHFGC/2021 – Resolución Nº 41/AGIP/2022