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Se deberán pagar dos meses juntos de autónomos por la prorroga del año 2023

AUTÓNOMOS, EN MARZO Y ABRIL 2024 PAGAR LOS VALORES QUE SE HABÍAN PRORROGADO DEL AÑO PASADO

La AFIP en su   Resolución General 5422/2023, había  prorrogado el vencimiento de las obligaciones de pago del aporte personal de los trabajadores autónomos, -excepto directores, administradores y socios de sociedades- y del impuesto al valor agregado a ingresar por dichos sujetos, correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023

Por lo que ahora deberán pagarlo en los próximos meses, recuerden que si tiene debito automático deben planificar tener saldo en la cuenta:

Próximos vencimientos:

AUTÓNOMOS RESPONSABLES INSCRIPTOS Y JUBILADOS (NO  aplica a Gerentes/presidentes/directores)

SEPTIEMBRE Y OCTUBRE DE 2023

TERMINACIÓN DE CUITFECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO
0 y 118 de marzo de 2024
2 y 319 de marzo de 2024
4 y 520 de marzo de 2024
6 y 721 de marzo de 2024
8 y 922 de marzo de 2024


NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2023

TERMINACIÓN DE CUITFECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO
0 y 118 de abril de 2024
2 y 319 de abril de 2024
4 y 522 de abril de 2024
6 y 723 de abril de 2024
8 y 924 de abril de 2024

Volvemos a recordar el Beneficio de acreditación anual por débito directo y automático

El beneficio que se otorga a los trabajadores autónomos que pagan mediante débito directo en cuenta bancaria y débito automático en tarjeta de crédito y que consiste en una suma equivalente hasta el importe total de su aporte personal mensual, correspondiente a su categoría de revista respecto de los aportes mensuales correspondientes al año 2023, se hará efectivo -con carácter excepcional- en el mes de mayo de 2024.