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Propinas de forma electrónica y su regulación

PROPINAS: modificaciones  en su regulación
El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto 731/2024, sustituye el Art. 113 de la Ley 20.744 y establece que las propinas recibidas por los trabajadores no serán consideradas parte de la remuneración. 
Asimismo, los empleadores deberán tener disponible la opción de su recepción para los trabajadores a través de medios electrónicos.
El importe en concepto de propinas que perciba el trabajador no estará sujeto a ningún tipo de retención o percepción. 
Además, dichas sumas no podrán ser utilizadas como base para ajustar o modificar el salario básico ni las condiciones laborales establecidas por el empleador y se deberán poner a disposición de los trabajadores, de forma digital o física, dentro de las 24 horas siguientes a su acreditación, no pudiendo realizar descuentos o deducciones de ningún tipo.   
El Gobierno Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia 731/2024, que establece un marco regulatorio para la recepción de propinas a través de medios electrónicos.
A partir de esta reglamentación, los comercios deben habilitar opciones digitales para que los clientes puedan derivar dinero desde sus billeteras electrónicas directamente a los trabajadores, evitando así que la empresa maneje estos fondos. “Si el mozo recibe la propina, puede tener una billetera virtual y cobrar directamente con ella, sin pasar por los sistemas de pago de la empresa”, dice el sector gastronómico.
Además, la nueva normativa establece que las propinas no se considerarán parte de la remuneración del trabajador, por lo que no podrán ser usadas como base para ajustes salariales ni estarán sujetas a retenciones.
Las empresas deberán transferir las propinas a los trabajadores dentro de las 24 horas posteriores a su recepción, sin aplicar ningún tipo de descuento.
Para garantizar la transparencia y eficiencia del sistema, los establecimientos deberán disponer de una cuenta exclusiva para el uso de los empleados. En cuanto a la implementación, el Banco Central de la República Argentina y el Ministerio de Economía serán los encargados de supervisar el cumplimiento de esta nueva regulación, la cual entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Boletín Oficial.  

Mas sobre las regulaciones :
PROPINAS. Cuentas especiales. Exención El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto 737/2024, exime del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, establecido por la Ley 25.413, a las cuentas recaudadoras especiales que se utilicen en forma exclusiva a la administración y operatoria de transferencias y pagos que constituyan propinas destinadas a la gratificación por el servicio prestado. 

Dicha exención es incorporada en el Anexo del Decreto 380/2001 que reglamenta la mencionada Ley.

Conclusión: La propina seguirá siendo voluntaria, de ninguna manera será obligatoria. En definitiva, el único cambio es que podrá sumarse al ticket. Tampoco será parte del salario, por lo que no generará ninguna contingencia laboral a los empresarios del sector