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ACUERDO SALARIAL. Empleados de Comercio.

Se acordó un incremento salarial a abonarse en siete tramos no acumulativos y además aportes extraordinarios para la obra social que pagaran los empleadores cada mes .Ya suscribieron el acuerdo paritario 2022 para la actividad mercantil. 
Las partes pactaron un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas
de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará
como base de cálculo los valores expresados para el mes de abril de 2022.
El mencionado incremento se abonará en su valor nominal y no
acumulativamente, y en siete tramos: 

 6% en abril, 
 6% en mayo, 
 6% en junio, 
 10% en agosto, 
 10% en septiembre, 
 11% en noviembre, y 
 10,5% en enero de 2023.

Asimismo, se informa que dentro del marco de la emergencia sanitaria
decretada por la Ley 27.541, y en especial atención a la situación en que se
encuentra nuestro país con motivo de la pandemia COVID-19, las partes
signatarias acordaron un aporte patronal solidario, excepcional y
extraordinario, por única vez. El mismo se llevará a cabo por el plazo de
vigencia del acuerdo en cuestión, equivalente a la suma de $600 mensuales,
por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, y siempre que el
trabajador mantenga contrato vigente.

Además, las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para
los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas
resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

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