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INGRESOS BRUTOS EN CABA: RECATEGORIZACIÓN CUATRIMESTRAL DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO.

Durante el mes de mayo de 2022 debe efectuarse, en caso de corresponder, la recategorización en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

deberá realizarse mediante declaración jurada remitida por transferencia electrónica de datos, a través de la página web.
Recordamos que la recategorización en el mencionado régimen deberá efectuarse cuatrimestralmente, en los meses de enero, mayo y setiembre -R. (AGIP Bs. As. cdad.) 95/2015- y que, por medio de la ley tarifaria 2022 -L. (Bs. As. cdad.) 6506, art. 31- se han modificado las categorías y se han incrementado los valores de las cuotas bimestrales a
ingresar.
Se establece que podrán ingresar y permanecer en el Régimen quienes hayan obtenido en el período fiscal inmediato anterior ingresos brutos por un total de hasta $ 2.600.000,00.

Recordemos que Para incentivar el desarrollo de pequeños nuevos
emprendimientos, la agip porteña estableció un beneficio que alcanza a
quienes ya se hayan inscripto o lo hagan durante este año en la categoría de
Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Los beneficiados obtendrán una bonificación del 100% sobre las cuotas 1 a 6 de 2022. Y del 50% durante 2023, siempre que el contribuyente permanezca dentro de esta categoría del impuesto.
De ese modo, el ahorro anual podría ir desde los $11.000 en la categoría más baja del régimen ($1.850 de cuota bimestral) hasta los $78.000 anuales
($13.000 por mes) de la categoría H, que es la más alta.
La medida rige para los nuevos contribuyentes que hayan iniciado o inicien
actividades durante el ejercicio fiscal 2022 y que no registren inscripciones
previas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos o hayan realizado el cese en el tributo con anterioridad al 1° de enero de 2017.
El beneficio será reconocido de oficio, de manera automática, al momento de la inscripción. Quienes lo hagan deberán tener declarado el domicilio donde se ejerce la actividad en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), en los términos de la Resolución Nº 24-AGIP/22, requisito obligatorio contemplado en el artículo 175 del Código Fiscal vigente.
AGIP: características del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hay dos modalidades para adherirse
al impuesto de Ingresos Brutos: Local o Simplificado. La elección dependerá
de las características de cada contribuyente.
La principal diferencia entre uno y otro es que el Régimen Local no implica
topes de facturación, mientras que en el Simplificado no se puede superar
determinados ingresos anuales. Es decir, está asociado a contribuyentes más pequeños.
El Régimen Simplificado se paga a través de una cuota fija bimestral, sin
necesidad de presentar declaraciones juradas mensuales como sí exige el
Régimen Local. Este último se abona de manera mensual, y el importe
representa un porcentaje de lo facturado.
AGIP: quiénes se pueden adherir al Régimen Simplificado Al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la AGIP, según consta en el
sitio oficial, “podrán adherir las personas humanas cuya actividad comercial consiste en la venta de cosas muebles, obras, locaciones y/o prestaciones de servicios, entre otros. También las sociedades de hecho y comerciales irregulares, en la medida que tengan un máximo de tres socios”.
La base imponible fue actualizada en 2022 cuando la Legislatura porteña votó un aumento de los topes. En todos los casos, la actividad debe ser realizada totalmente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no deben superar:
-Los $2.600.000 de ingreso total anual (gravado, no gravado y exento).
– Los $39.401,62 en el precio unitario de venta (solo en casos de cosas
muebles).

Por otro lado, quienes estén adheridos al monotributo social de la AFIP no
pagan Ingresos Brutos.

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