AUTÓNOMOS, EN MARZO Y ABRIL 2024 PAGAR LOS VALORES QUE SE HABÍAN PRORROGADO DEL AÑO PASADO
La AFIP en su Resolución General 5422/2023, había prorrogado el vencimiento de las obligaciones de pago del aporte personal de los trabajadores autónomos, -excepto directores, administradores y socios de sociedades- y del impuesto al valor agregado a ingresar por dichos sujetos, correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023.
Por lo que ahora deberán pagarlo en los próximos meses, recuerden que si tiene debito automático deben planificar tener saldo en la cuenta:
Próximos vencimientos:
AUTÓNOMOS RESPONSABLES INSCRIPTOS Y JUBILADOS (NO aplica a Gerentes/presidentes/directores)
SEPTIEMBRE Y OCTUBRE DE 2023
TERMINACIÓN DE CUIT | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO |
0 y 1 | 18 de marzo de 2024 |
2 y 3 | 19 de marzo de 2024 |
4 y 5 | 20 de marzo de 2024 |
6 y 7 | 21 de marzo de 2024 |
8 y 9 | 22 de marzo de 2024 |
NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2023
TERMINACIÓN DE CUIT | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO |
0 y 1 | 18 de abril de 2024 |
2 y 3 | 19 de abril de 2024 |
4 y 5 | 22 de abril de 2024 |
6 y 7 | 23 de abril de 2024 |
8 y 9 | 24 de abril de 2024 |
Volvemos a recordar el Beneficio de acreditación anual por débito directo y automático
El beneficio que se otorga a los trabajadores autónomos que pagan mediante débito directo en cuenta bancaria y débito automático en tarjeta de crédito y que consiste en una suma equivalente hasta el importe total de su aporte personal mensual, correspondiente a su categoría de revista respecto de los aportes mensuales correspondientes al año 2023, se hará efectivo -con carácter excepcional- en el mes de mayo de 2024.